Posts Tagged ‘Venezuela’

Un valioso mercado para los valientes | Venezuela

February 22nd, 2013 by Danny G. Pérez y Soto - B&R Research

 

Sailing through Venezuelan IP

Navegando por la P.I. de Venezuela

Las oficinas de marcas y patentes no son inmunes a la política, y en especial en Venezuela. Se ha vuelto muy difícil conocer qué pasa con la Propiedad Intelectual de este país, especialmente porque el SAPI -Su oficina de Propiedad Industrial- ha dedicado su sección de noticias y sus comunicados de prensa a propaganda política. Adicionalmente, desde hace varios años no reportan estadísticas a la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual.

 

Y es una lástima, porque Venezuela sigue siendo uno de los mercados de inversión más atractivos de América Latina. A pesar de que Venezuela salió de la Comunidad Andina en el 2006, las solicitudes de marcas no se vieron afectadas. Por el contratio, han estado aumentando por los últimos 10 años, y el número total está entre los más altos en Latinoamerica -si se compara con países de tamaño equivalente, claro-.

 

TM applications Venezuela

Steady growth in TM Applications

 

El pueblo venezonalo tiene, en general, un buen poder adquisitivo. Y la economía continúa estando sorprendentemente bien integrada con los mercados globales -en ocasiones, incluso parece estar mejor integrada que la de países como Colombia, Peru y Bolivia-.

 

 

Las solicitudes de patentes son una historia diferente. El número de solicitudes ha estado disminuyendo por varios años. Sin embargo, esto no es consecuencia de falta de interés en el país, sino de malas políticas. La regulación actual de patentes data de 1955, y es especialmente adversa a las patentes farmacéuticas.

 

Patent Applications Venezuela

Decline in Patent Applications

 

En este momento, el mejor consejo para un inversionista interesado en Venezuela, es el proveerse de la mejor representación legal posible. Arriesgándonos a un poco de auto-promoción, nuestra opinión es que un buen abogado será un recurso muy valioso al momento de navegar las aguas turbulentas y valiosas de la propiedad intelectual venezolana.

 

 

 

 

Directo hacia el Protocolo de Madrid | México

November 29th, 2012 by Danny G. Pérez y Soto - B&R Research

Mexico - Madrid Protocol

Mexico becomes third Latin American country in the Madrid System.

Es oficial: México ha depositado formalmente el instrumento de ratificación del Protocolo de Madrid ante la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual. Esto significa que el Protocolo entrará en vigencia en exactamente tres meses desde la fecha de depósito. Como hemos dicho antes en este blog, México se convierte en el tercer país latinoamericano en entrar al Protocolo de Madrid –Después de Colombia y Cuba– y la primera gran economía latinoamericana en hacerlo.

 

El tratado ratificado fue depositado ante la OMPI el 19 de Noviembre de 2012, y entrará en vigencia el 19 de Febrero de 2013. Esto deja a la oficina de marcas de México, el IMPI, con 3 meses para prepararse y adaptarse a los procedimientos del Protocolo. La lista completa de contratantes del Protocolo asciende a 88.

 

 

Las reglas de juego Mexicanas.

 

Junto con el depósito del tratado ratificado, México ha establecido dos condiciones para su ingreso al sistema de Madrid:

 

1. El Protocolo establece un periodo de 12 meses para que se notifique de una denegación provisional de registro. México ha extendido este plazo hasta 18 meses.

 

2. De manera similar a Colombia, México también decidió establecer “Tasas Individuales” para procedimientos en los cuales México es un país designado, especialmente en procedimientos para registro de marca, designación de países después del registro, y renovaciones de marca. Esto significa que las Tasas Oficiales para Procedimientos de Madrid en México probablemente serán un poco más altas de lo normal.

 

El IMPI deberá publicar un nuevo listado de tasas oficiales en los próximos meses, incluyendo las tasas individuales para el Protocolo de Madrid. Publicaremos esa información tan pronto como sea dada a conocer.

 

3. El registro de licencias ante el registro internacional de la OMPI no tendrá efectos en México. Por ende, cuando se otorguen licencias en un registro internacional que incluya a México como país designado, la licencia tendrá que ser también registrada ante la Oficina de Marcas mexicana para que tal licencia tenga efectos en este país.

 

 

No todo lo que brilla…

 

Lo hemos dicho antes, y lo volveremos a decir: El Protocolo de Madrid es una maravillosa herramienta para facilitar el registro internacional de marcas, pero también conlleva graves problemas. Cuando nos enteramos de la entrada de México al Protocolo de Madrid, una de las primeras preocupaciones que se nos presentó está relacionada con una particularidad de la Propiedad Intelectual mexicana: México no tiene un procedimiento para oposiciones marcarias.

 

Dado el aumento en solicitudes que siempre sigue a la entrada del Protocolo de Madrid, esto podría significar que la Oficina de Marcas mexicana podría verse inundada de marcas en conflicto, iniciando cancelaciones contra las otras, e incrementando significativamente los costos para los propietarios de marcas. Las firmas de abogados con prácticas en México –Nuestra firma incluida- tendrán que vigilar más cuidadosamente las nuevas solicitudes de marcas, y presentar amicus curiae para que los examinadores consideren antes de otorgar marcas que entren en conflicto con las ya registradas.

 

 

La entrada del Protocolo de Madrid seguramente hará al mercado mexicano más dinámico y asequible para propietarios de marcas. En B&R Latin America también nos estaremos preparando para esta nueva herramienta y asegurándonos de proveer la mejor asesoría legal para nuestros clientes en México.

 

 

Fuentes:

 

OMPI

Accession to the Madrid Protocol: Mexico

Licenses on International Registries for Mexico

 

 

 

 

Nueve cabezas piensan mejor que una: Cooperación en PI | Reporte Especial

October 9th, 2012 by Danny G. Pérez y Soto - B&R Research

 

PTO to PTO Cooperation

Las oficinas de marcas y patentes de América Latina llevan varios años trabajando en dos acuerdos de cooperación, diseñados para no sólo acelerar sus procedimientos sino para también incrementar la confiabilidad de su información y para evitar la innecesaria duplicidad de procedimientos, en especial, en los exámenes de patentes. Los dos proyectos, conocidos como PROSUR y CADOPAT cubren casi todo el continente, y han sido el tema central de varias reuniones de alto perfil entre los directos de las Oficinas de Marcas y Patentes del continente.

 

 

PROSUR – Sistema de Cooperación Regional en Propiedad Industrial

 

Nueve países Suramericanos pertenecen a este proyecto: Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Paraguay, Perú, Surinam y Uruguay. El sistema ha estado activo desde Agosto 2011, y su principal objetivo es convertirse en una plataforma para compartir información de exámenes de patentes entre las Oficinas, reduciendo el esfuerzo innecesario de examinar la misma solicitud de patente en varios países.

 

El proyecto está dirigido a facilitar los procedimientos para inventores, emprendedores y abogados en Propiedad Intelectual; y está  siendo financiado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID). El INAPI, de Chile, ha asumido la presidencia del proyecto. El éxito de este proyecto aún no es claro, puesto que los efectos del acuerdo sólo serán realmente visibles al interior de las Oficinas de Marcas y Patentes.

 

En las etapas iniciales de este proyecto, se discutió la posibilidad de crear un registro de marcas regional y continuar en la integración regional en procedimientos. Sin embargo, estas propuestas no han sido muy exitosas, puesto que la creación de un registro marcario regional sin la existencia de un verdadero mercado regional sería poco práctica e incluso nociva, puesto que el registro de marcas no reflejaría la realidad del mercado.

 

Este proyecto no busca la armonización normativa, sino que crea una plataforma común para la integración de los sistemas de protección. La OMPI ha accedido a actuar como un supervisor en el proyecto, aportando la experiencia que han tenido con WIPO CASE y con e-PEC (De Brasil).

 

 

CADOPAT – Sistema de Apoyo para el Manejo de Solicitudes de Patentes

 

Este es un portal web creado por el Instituto Mexicano para la Propiedad Industrial. Básicamente, el portal comparte la información de exámenes de patentes con más de 9 países en Centroamérica, el Caribe y con Colombia. El IMPI envía su información a las Oficinas Receptoras; esto significa que la información sólo se comparte en una dirección, a diferencia del proyecto PROSUR.  En efecto, el sistema CADOPAT es un proyecto unilateral del IMPI. También se comparte información sobre búsquedas y otros procedimientos, pero es claro que este sistema tiene muchas posibilidades de expansión.

 

Los miembros actuales del CADOPAT incluyen a Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Panamá, Nicaragua, Republica Dominicana, Cuba y Colombia.

 

 

WIPO CASE – Sistema de Acceso Centralizado para Búsquedas y Exámenes

 

El Sistema de Acceso Centralizado para Búsquedas y Exámenes (WIPO CASE) está diseñado para facilitar la transmisión de información confidencial sobre búsquedas y exámenes entre Oficinas de Propiedad Industrial, y para ayudar a mejorar la calidad y la eficiencia en la práctica de exámenes, reduciendo la innecesaria duplicación de procedimientos. Usando esta plataforma, los examinadores de  patentes de una de las oficinas participantes pueden acceder a una biblioteca de reportes de búsqueda y exámenes de patentes de todos los miembros de la plataforma. De acuerdo con la Oficina de PI canadiense, el lanzamiento de CASE es un avance significativo hacia mejor cooperación entre oficinas de PI y hacia la socialización de los exámenes de patentabilidad. Esto ayudará a reducir el tiempo  requerido para responder solicitudes similares en varias oficinas. El trabajo duplicado es uno de los principales motivos de la congestión en trámites de patentes alrededor del mundo.

 

La plataforma está diseñada para ser usada por grupos de oficinas de propiedad industrial que reconozcan su trabajo en búsqueda y exámenes. Los documentos de patentes y los datos se comparten a través de WIPO-CASE y son guardados por la OMPI o por las bibliotecas digitales de las oficinas nacionales. Fue creado inicialmente para apoyar los esfuerzos para compartir el trabajo entre las oficina de Australia, Canadá y Reino Unido; pero en el momento WIPO-CASE está siendo usado o su implementación está siendo considerada por otros grupos regionales de Oficinas de PI.

 

 

e-PEC – Plataforma Electrónica para Evaluación Colaborativa

 

Argentina y Brasil han creado el e-PEC, la cual es una plataforma electrónica que les permite a las oficinas de PI compartir información de solicitudes de patentes idénticas. El e-PEC tiene como objetivo el permitir a los examinadores de patentes realizar exámenes colaborativos de solicitudes de patentes, sin la necesidad de proximidad física entre los mismos. Por ende, este sistema ofrece eficiencia y calidad técnica en los exámenes que se hacen en las diferentes oficinas de PI. Sin embargo, la decisión final sobre el otorgamiento o la denegación de la patente se mantiene en cabeza de la oficina nacional de cada país. Otros países que actualmente usan la plataforma e-PEC incluyen a Chile, Ecuador, Colombia, Paraguay, Uruguay, Surinam y Perú.

 

 

 

Noticias de PI | Problemática regulación en Venezuela

June 25th, 2012 by Danny G. Pérez y Soto - B&R Research

Source: B&R Archive

Nueva regulación laboral cambia normas de PI en Venezuela

 

La recientemente aprobada Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (Lottt) en Venezuela, ha introducido cambios a la regulación de PI bajo contratos laborales. De acuerdo con los artículos 325 y 326 de la ley, se comenzará a aplicar un estándar diferencial para las producciones intelectuales bajo relaciones laborales en el sector público y en el privado.

 

Para propiedad intelectual creada bajo relaciones laborales con el sector público (las cuáles se entienden como aquellas producciones intelectuales de empleados del sector público o financiadas con fondos públicos) sólo existirá reconocimiento de su autor, pero la creación en sí entrará al dominio público desde el momento de su creación.

 

Para el sector privado, por otra parte, las creaciones podrán ser explotadas por su creador, o por su empleador por el tiempo que la relación laboral exista o el contrato de licencia sea válido. Esta norma deroga la regulación anterior, bajo la cual el empleador tenía los derechos de propiedad sobre la producción intelectual de sus empleados.

 

Este es un cambio problemático y extraño en regulación de propiedad intelectual, y seguramente creará problemas para el sector público y privado, reduciendo la innovación y los incentivos a la investigación y el desarrollo. No es claro como manejarán las grandes compañías, especialmente en las industrias de software y periodismo, sus derechos de propiedad intelectual cuando los contratos laborales de sus empleados terminen.

 

Puede consultar más sobre este tema aquí.

 

 

 

 

 

12 países Latinoamericanos bajo vigilancia en PI de los EEUU

May 8th, 2012 by Danny G. Pérez y Soto - B&R Research

 

Source: Wikimedia Commons

La Oficina del Representante para el Comercio de los Estados Unidos ha publicado su Reporte Especial 301 del 2012.

 

Este documento es una publicación anual sobre el estado de los derechos de propiedad intelectual, su protección y su aplicación en socios comerciales de los EEUU alrededor del mundo.

 

Este reporte es una valiosa guía para entender problemas actuales en el derecho de la PI y resaltar tendencias positivas y negativas en mercados emergentes.Este reporte crea una lista de asuntos prioritarios en temas de PI. En este año, se han tratado los temas de: Esfuerzos en la Construcción de Capacidades, especialmente en la falta de juzgamiento y convicción con base en violaciones a Propiedad Intelectual. Las crecientes tendencias en Violación Marcaria y Piratería de Copyright, advirtiendo que los mercados de productos piratas y falsificados pronto sobrepasarán los volúmenes de ventas de los vendedores lícitos, y mencionando nuevas maneras de transporte y venta de productos falsificados, tales como el transporte separado de las etiquetas y empaque con el fin de evadir esfuerzos de control. La piratería por internet, exigiendo acciones más fuertes para fortalecer regímenes legales y mejorar su aplicación para responder al aumento en la disponibilidad de internet de banda ancha y la piratería en dispositivos móviles. La violación de secretos industriales y la transferencia de tecnología forzada, expresando los peligros de políticas de distorsión del mercado, diseñadas para promover la ‘innovación local’ mediante la falta de aplicación de derechos de PI y la creación de barreras de mercado basadas en PI. Finalmente, el reporte también destaca el uso de software por agencias gubernamentales, marcas y nombres de dominio, implementacion de tratados de la OMC y la OMPI, y problemas sobre PI y salud pública.

 

Sin embargo, este reporte es notorio por su Reporte de Países, en el cual los socios comerciales de los EEUU son sorteados entre la “Lista de Vigilancia Prioritaria” y la “Lista de Vigilancia”, dependiendo de su progreso en temas de PI y la vulnerabilidad para los propietarios de derechos intelectuales norteamericanos en sus mercados.

 

Respecto de los países latinoamericanos, Argentina, Chile y Venezuela quedaron en la Lista de Vigilancia Prioritaria, junto a Ucrania, Tailandia, China e India. Problemas en estos países incluyen la ineficiencia del sistema judicial argentino y su falta de protección contra competencia desleal y la creciente pirateria de copyright; la ineficiencia del sistema judicial chileno en la resolución de problemas de patentes en productos farmaceuticos, competencia desleal, y el cumplimiento de sus obligaciones bajo el tratado de libre comercio entre Chile y los EEUU; y el retiro de Venezuela de la Comunidad Andina en el 2006, y la práctica generalizada de pirateria y falsificación de productos.

 

En la Lista de Vigilancia, a Bolivia,Brasil, Colombia, Costa Rca, República Dominicana, Ecuador, México y Perú se les reconoce su progreso en la protección de la propiedad intelectual, pero se menciona la continuación de problemás en la protección y la generalizada práctica de la piratería y falsificación.
Lea aquí el reporte completo.

 

 

 

¿Como expedir un Poder para representación en países Latinoamericanos?

May 5th, 2012 by Danny G. Pérez y Soto - B&R Research

 

 

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Conozca los requisitos y procedimientos para otorgar poderes en:

 

 

Aquí se muestra el estado actual de los procedimientos para otorgamiento de Poderes:

 

 

 

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