Dos cabezas piensan mejor que una | Cooperación Colombia-Suiza
February 21st, 2013 by Danny G. Pérez y Soto - B&R Research
Un gran número de nuestros últimos posts han tratado sobre temas de propiedad intelectual en Colombia porque, simplemente, hay mucho que contar al respecto.
Otro prometedor proyecto de cooperación internacional ha comenzado, esta vez entre el gobierno Suizo -concretamente, el Instituto Federal Suizo para la Propiedad Intelectual- y varias instituciones colombianas que trabajan temas de innovación y propiedad intelectual. El proyecto COLIPRI es un proyecto ambicioso, con un presupuesto de más de USD$4’000.000, 4 años de ejecución y la participación de la oficina de Marcas y Patentes de Colombia -La SIC-, el Ministerio del Interior, y la Confederación Colombiana de Cámaras de Comercio (Además de varios beneficiarios indirectos del proyecto, incluyendo varias comunidades indígenas y afrodescendientes).
La meta de este proyecto es el contribuir a mayor competitividad, más valor añadido a los productos colombianos y tener un impacto positivo en el desarrollo social y económico de Colombia. Cuatro campos de acción fueron determinados para ello:
1. Mejoramiento de la Oficina de Marcas y Patentes de Colombia.
La primera meta es mejorar la oficina nacional de propiedad industrial, la Superintendencia de Industria y Comercio (Como un abogado colombiano, el escritor de este post considera que la Superintendencia es reconocida como una de las instituciones más eficientes del país, pero que aún tiene mucho trabajo por hacer para llegar a los estándares de la oficina europea o estadounidense).
El proyecto busca asistir a la Superintendencia en lograr su meta de reducir el tiempo de examen de patentes de 60 a 40 meses (es decir, el límite de tiempo de la oficina europea de patentes), en mejorar las habilidades y experticia técnica de los examinadores y el promover la cooperación entre los trabajadores de la institución.
Adicionalmente, la Academia de P.I. de la SIC se integrará con actores claves de los centros de innovación de Colombia, tales como la industria de tecnología e investigadores. Un sistema de transferencia de tecnología, creado junto con esos actores claves, mejorará a la Academia y le permitirá una mayor especialización y diseminación de información sobre Propiedad Intelectual.
2. Incrementar la transferencia de tecnología.
Con tres socios estratégicos en Colombia, el proyecto busca crear un sistema sólido para la transferencia de tecnología en el país. Para ello trabajarán con:
-La superintendencia de Industria y Comercio | SIC
-El departamento administrativo de Colombia para la Ciencia, Tecnología e Innovación | ColCiencias
-La confederación colombiana de Cámaras de Comercio | ConfeCámaras
Para tal fin, se crearán 3 proyectos de I+D con compañias privadas y universidades, y se implementará una Oficina Regional de Transferencia de Tecnología en una universidad Colombiana.
3. Promoción del uso de Indicaciones Geográficas.
Hasta este momento, las indicaciones geográficas han sido un campo para grandes productores. El proyecto busca hacer esta protección asequible a los pequeños productores, a través de un marco institucional y legal que les permita la fácil protecci´n de sus bienes.
Esta meta incluye:
-La concentración del know-how sobre Indicaciones Geográficas.
-Aumentar la credibilidad de las I.G. colombianas a través de sistemas eficientes de verificación y acreditación que sean consistentes con estándares internacionales.
-Diseminación de información sobre casos prácticos e historias de éxito de propietarios colombianos de I.G.’s.
-Implementación de un sistema de aseguramiento de calidad y la posibilidad de un sistema de control.
4. Fortalecimiento de la protección del Conocimiento Tradicional
A pesar de que la población indígena de Colombia es relativamente poca (3,4% de la población total), su diversidad es asombrosa. Más de 80 grupos indígenas residen en el país -el proyecto menciona a alrededor de 100 grupos-. Adicionalmente, existen comunidades afrocolombianas en varias regiones. A pesar de que los derechos políticos han sido progresivamente protegidos, sus derechos económicos y la protección de propiedad intelectual de estos grupos sigue siendo deficiente.
Se requiere trabajo en un sistema de transferencia de tecnología, de acuerdo con los coordinadores del proyecto. Se realizarán esfuerzos para mejoramiento de capacidad con estas comunidades y para la promoción de la protección de conocimientos tradicionales.
En B&R Latin America IP recibimos con agrado las noticias sobre este tipo de proyectos en Colombia y en la región andina. Ciertamente existe una gran necesidad para promoción de la propiedad intelectual y de acompañamiento de grupos minoritarios en la protección de sus conocimientos. Nos agrada ver al gobierno suizo y colombiano trabajando conjuntamente en el mejoramiento de los servicios de la SIC y -dadas las alarmantemente bajas tasas de patentamiento en el país- creemos firmemente que se deben proveer incentivos para los inventores y actores claves de industrias creativas (el reducir el tiempo de examen de patentabilidad es ciertamente un buen incentivo).
Este proyecto es también coherente con otras iniciativas de la SIC. Un acuerdo de cooperación entre el INAPI -Chile- y la SIC busca también mejorar la Academia de P.I., y nuestra firma está trabajando conjuntamente con la SIC en el mejoramiento y prueba de errores de su nueva plataforma para radicación en línea de Marcas y Patentes.
Sources:
Universidad del Rosario – Colombia
Director General de la OMPI visitará Colombia | Noticias
February 16th, 2013 by Danny G. Pérez y Soto - B&R Research
El Director General de la OMPI, Sr. Francis Gurry, visitará Colombia la próxima semana. De acuerdo con nuestras fuentes, el Sr. Gurry visitará varias instituciones encargadas de temas de propiedad intelectual en el país, incluyendo la Oficina de Marcas y Patentes -La SIC- y la Comisión Intersectorial de Propiedad Intelectual (La entidad encargada del diseño de políticas públicas en materia de P.I.).
La OMPI -Organización Mundial de la Propiedad Intelectual- es el cuerpo internacional más influyente en temas de propiedad intelectual. No sólo participa activamente en el diseño de políticas en P.I. a nivel mundial, sino que además es la entidad encargada de la administración del Sistema de Madrid (Marcas), del PCT (Patentes) y del Sistema de la Haya (Diseños Industriales). También tiene numerosos programas de educación y cooperación, y vigila la implementación de acuerdos de cooperación entre oficinas de marcas y patentes locales.
La visita ha tomado a la comunidad de P.I. local de sorpresa, puesto que se anunció con tan sólo una semana de anticipación. Se espera que el Sr. Gurry trate la reciente implementación del Protocolo de Madrid en el País, y que se discuta la posibilidad de nuevos acuerdos de cooperación con instituciones nacionales.
Una conferencia de prensa se ha programado para el Martes 20 de Febrero en el Hotel Tequendama, en la capital colombiana, Bogotá.
ACTUALIZACIÓN:
De acuerdo con información publicada por la Oficina de Marcas y Patentes de Colombia -La SIC- y una de las organizadoras del evento, la Sra. Andrea Bonnet (Asesora en P.I. del Ministerio de Relaciones Exteriores), el Sr. Francis Gurry será expositor en el Seminario “Propiedad Intelectual e Innovación: pasos firmes hacia el desarrollo”, un evento organizado por el Ministerio de Comercio Industria y Turismo con la Superintendencia de Industria y Comercio. Igualmente, se confirmó que otros personajes influyentes se presentarán en el evento, incluyendo al Sr. Carsten Fink -Jefe de la División de estudios, estadísticas y análisis económico de la OMPI- y el Sr. Bruce Lehman -Presidente del Instituto Internacional de Propiedad Intelectual-.
De acuerdo con la SIC, el evento también incluirá el lanzamiento oficial de la Denominación de Origen, la cuál protegerá alrededor de 18 productos típicos de Colombia.
Contínua siendo un interrogante el motivo de la visita del Sr. Gurry a Colombia. Lo cuál presenta preguntas sobre futuros proyectos de cooperación o confirma el posicionamiento de Colombia como un país “piloto” en temas de Propiedad Intelectual.
Siendo el primer país en Sur América en acceder al Protocolo de Madrid y uno de los pioneros en implementación del TLT, Colombia está claramente abierta a innovar agresivamente en temas de propiedad intelectual. Adicionalmente, Colombia es probablemente el país latinoamericano con el sistema más avanzado para manejo de bienes de P.I. en línea. La Superintendencia de Industria y Comercio -SIC- ha trasladado una importance porción de sus trámites a plataformas en línea. Nuestra firma fue el primer usuario del sistema de radicación en marcas en línea y es ahora el piloto en la implementación del nuevo sistema de la SIC.
Tan pronto como se conozca más información al respecto, se publicará en este mismo post.
Negación de marca es revocada en acción constitucional | Colombia
January 25th, 2013 by Danny G. Pérez y Soto - B&R Research
Una reciente decisión judicial en Colombia ha establecido un importante precedente sobre debido proceso en registros marcarios en este país, al decidir una acción constitucional (Conocida como Tutela o Recurso de Amparo en América Latina) presentada por nuestro departamento de litigio contra la Oficina de Marcas de Colombia -La SIC-.
El caso trató sobre una solicitud de registro de marca, en el cual se concedió el registro de la misma después de haber desestimado una oposición de terceros y de haber llevado a cabo el examen de registrabilidad de rigor. La concesión del registro de la marca fue entonces apelada y, durante el proceso de apelación, se llevó a cabo un nuevo examen de registrabilidad que conllevó a que la Oficina de Marcas revocara su anterior decisión y negara el registro de la marca.
Una acción constitucional fue presentada contra esta decisión por nuestro departamento de litigios, a cabeza del abogado Juan Sebastián Salazar, argumentando la violación del derecho al debido proceso y a la defensa. La corte falló a favor del demandante y estableció:
-Que la capacidad de la Oficina de Marcas para examinar la registrabilidad de una marca tiene un límite temporal (A saber: el tiempo entre la publicación y el momento de concesión o negación) y no puede ser llevada a cabo durante apelaciones.
Cualquier examen de registrabilidad llevado a cabo después de la concesión/denegación de una solicitud de marca conlleva una violación del debido proceso, debido al hecho que el solicitante no tendrá opotunidad para defenderse.
-Cuando una apelación sea presentada contra la concesión de un registro de marca, la Oficina de Marcas tendrá que limitar su decisión a los hechos que se discutan en la apelación (Aunque, de hecho, esto ha establecido desde hace mucho tiempo en la legislación procesal colombiana). Por ende, la existencia de marcas similares no se podrá considerar durante esta etapa procesal por la Oficina de Marcas.
Consideramos que esta decisión resulta de especial importancia para el tema marcario en Colombia, puesto que la Oficina de Marcas tendrá que reconocer sus limitaciones respecto del momento en que lleva a cabo los exámenes de registrabilidad de las marcas, y su obligación de respeto al debido proceso y al derecho de defensa en procedimientos administrativos.
*Este artículo fue modificado el 5 de Febrero de 2013 para indicar que la acción constitucional es conocida en países latinoamericanos como Recurso de Amparo o Tutela.
Propósitos de año nuevo de Oficinas de P.I.: Nuevas tasas oficiales | Colombia & Argentina
January 22nd, 2013 by Danny G. Pérez y Soto - B&R Research
Casi un mes después del cambio de año, las oficinas de Propiedad Industrial latinoamericanas han empezado a cambiar sus listados de tasas oficiales. Varías oficinas de propiedad intelectual ya han aumentado o disminuido sus tasas oficiales para procedimientos de marcas y patentes. Estos cambios impactarán de forma diferente el mercado de Propiedad Intelectual de cada país, dependiendo en gran parte del estado de la economía nacional. Como hemos afirmado anteriormente en este blog y en nuestro recientemente publicado libro, el mercado de la propiedad intelectual es especialmente sensible a fluctuaciones en las economías nacionales y regionales. Específicamente, las tendencias en marcas muestran sensibilidad a cambios en el poder de compra del consumidor; mientras que las patentes son especialmente sensibles al sector industrial de cada país.
Colombia.
Los cambios en Tasas oficiales de la oficina de propiedad industrial colombiana -La SIC- han sido mayormente favorables para la promoción de la propiedad intelectual en este país, lo cuál es coherente con la posición favorable a la propiedad industrial de Colombia.
Estos son algunos de los cambios más importantes (Las Tasas son mostradas en pesos colombianos COP y son explicadas en dólares américanos USD, a la tasa de cambio del día en que se publicó este post):
- Las tasas para solicitudes de registro de marca se mantuvieron igual, en COP$750.000 o aprox. USD$423. Sin embargo, las solicitudes para marcas colectivas o de certificación se aumentaron en aprox. USD$140.
- Adicionalmente, dada la implementación del registro multiclase de marcas en Colombia, la radicación de solicitudes en cada clase adicional se disminuyó de un promedio de COP$600.000 a una tasa fija de COP$375.000 por clase adicional. Una disminución de USD$128, en promedio.
- Las renovaciones de marca se incrementaron de COP$410.000 a COP$820.000. Un cambio de USD$231.
- Las oposiciones en trámites de marcas, anteriormente a COP$315.000 están ahora en COP$325.000. USD$5 de diferencia.
- Las solicitudes de registro de patentes disminuyeron ligeramente, de COP$590.000 a COP$500.000. Un cambio de USD$45.
- Las tasas para exámenes de patentes aumentaron ligeramente, de COP$490.000 a COP$530.000. una diferencia de USD$20.
Para consultar el listado completo de tasas oficiales de la SIC, de clíck aquí (Disponible sólo en español)
Argentina.
La oficina de marcas y patentes de Argentina, el INPI, ha aumentado prácticamente todas sus tasas oficiales, pero no ha hecho ningún esfuerzo por simplificar su complejo listado de tasas oficiales (O la legibilidad de sus comunicados de prensa). De hecho, el INPI ha publicado dos listados de tasas diferentes. El primero que regirá desde Enero 7 2013 hasta el 1o de Julio, y el segundo que irá del 1o de Julio hasta la próxima publicación de un listado de tasas. La única diferencia entre estos dos listados es un fuerte aumento en sus tasas.
Estos son algunos de los cambios más importantes (Las Tasas son mostradas en pesos argentinos ARS y son explicadas en dólares américanos USD, a la tasa de cambio del día en que se publicó este post):
- Las solicitudes de registro de marca han aumentado de ARS$400 a ARS$500 en la primera mitad del 2013. Esto implica un aumento de USD$20.
- Las renovaciones de marcas también aumentaron, de ARS$480 a ARS$600. Un cambio de USD$25.
- Las oposiciones de marcas, anteriormente en ARS$300 están ahora a ARS$400. USD$20 de diferencia.
- Aumentaron las tasas para solicitudes de Patentes, de ARS$1000 a ARS$1500. Un cambio de USD$100.
- También aumentaron tasas para exámenes de patentes, de ARS$1000 a ARS$1200. Una diferencia de USD$40.
Para consultar el listado completo de tasas oficiales de la SIC, de clíck aquí (Disponible sólo en español)
Afortunadamente, la tasa de cambio del peso argentino hace que estos cambios no sean muy significativos para los solicitantes extranjeros.
Continuaremos posteando en este blog las nuevas tasas de cada país a medida que las publiquen, y mantendremos a nuestros clientes actualizados de los listados de tasas para procedimientos en cada país.
Video | Conferencia sobre el Estado de la P.I. en Latinoamerica
November 16th, 2012 by Danny G. Pérez y Soto - B&R Research
El lunes 22 de Octubre, nuestra firma llevó a cabo la anticipada conferencia “El Estado de la Propiedad Intelectual en América Latina”. El evento se realizó en la sede de la Cámara de Comercio Colombo-Americana, en Bogotá, y fue todo un éxito con la comunidad local de Propiedad Intelectual.
Ese mismo día se realizó el lanzamiento de nuestro libro “The State State of Intellectual Property in Latin America: Legal Trends, Economic Development and Trade”. Tanto la conferencia como el libro son el resultado de una extensiva investigación realizada por nuestra firma, con el objetivo de proveer una panorámica en temas de Marcas, Patentes y otros asuntos relacionados, tales como la Investigación y Desarrollo y el comportamiento de los bloques de comercio regionales.
Este es el video con algunas de la partas más interesantes de la conferencia:
Conferencia: El Estado de la Propiedad Intelectual en América Latina from B&R Latin America on Vimeo.
Conferencia dictada el 22 de Octubre de 2012 en el lanzamiento del libro The State of Intellectual Property in Latin America.
El orador es el Sr. Alvaro Ramirez Bonilla, CEO de la firma B&R Latin America IP. En el evento se expone un panorama general de la situación regional y nacional en temas de Marcas y Patentes.
Para conocer más sobre nuestro libro y nuestros proyectos de investigación de click aquí.
Sistema Judicial de P.I.: El Surgimiento del Juez de P.I. | Colombia
November 16th, 2012 by Danny G. Pérez y Soto - B&R Research
En este blog hemos dicho anteriormente que la Propiedad Intelectual es cada vez más un tema muy serio para las naciones latinoamericanas, a medida que la región se hace más competitiva e integrada con la economía global. Con la implementación de tribunales especializados en P.I. en varios países, América Latina está yendo aún más allá de los estándares globales en especialización en propiedad intelectual.
Ya Chile, Panamá y Perú han establecido tribunales especiales para resolver disputas en temas de P.I.; y Colombia recientemente creó tres diferentes Cortes especializadas. Con la promulgación de una nueva ley de procedimientos, conocida como el Código General del Proceso (Ley 1564 del 2012), el gobierno colombiano ha fortalecido y extendido poderes judiciales a varias autoridades administrativas.
Lo Básico – ¿Qué va a cambiar?
Para entender mejor los cambios que se realizarán en Colombia, uno debe primero recordar que Colombia tiene tres instituciones que manejan la Propiedad Intelectual Nacional:
La SIC
La Superintendencia de Industria y Comercio o SIC – Maneja el registro de Marcas y Patentes, además de manejar temas de Competencia Desleal y Protección al Consumidor.
La DNDA
La Dirección Nacional de Derechos de Autor o DNDA – Maneja derechos de autor y derechos conexos.
El ICA
El Instituto Colombiano de Agricultura o ICA – Maneja todos los temas relacionados con protección de variedades vegetales.
El cambio que introdujo el nuevo Código General del Proceso fue el asignar funciones jurisdiccionales a cada una de estas instituciones, en los temas de su competencia. Así, la SIC podrá actuar como juez y decidir sobre violaciones de Marcas y Patentes, la DNDA en violaciones de Derechos de Autor y Derechos Conexos y el ICA en la violación de Derechos sobre Variedades Vegetales. Cada una de estas instituciones creará una corte para esta nueva función.
¿Cuál es la utilidad de estas Cortes? ¿Cómo funcionarán?
Lo que este cambio implica para los propietarios de bienes de P.I. y firmas de abogados, es principalmente una mejora en la experticia del juez que resuelve estas disputas. Igualmente brinda mayor seguridad jurídica y certeza al sistema colombiano de protección de bienes de Propiedad Intelectual. Era un problema bastante común encontrar jueces con poco o ningún conocimiento de Propiedad Intelectual, lo cual lleva a tener un sistema judicial impredecible en el cuál los argumentos de las partes no son entendidos en su totalidad por el juzgador. Adicionalmente, el ineficiente sistema judicial nacional está pasando por una de sus peores crisis en la historia reciente y la congestión judicial es endémica… Todo esto para afirmar que: Tener estas entidades administrativas decidiendo conflictos de P.I. es muy positivo.
Las reglas bajo las que funcionarán estas nuevas cortes son:
- -Las nuevas Cortes de P.I. funcionarán junto a las cortes usuales. Es decir, los tribunales de la SIC, DNDA y el ICA tendrán Competencia a Prevención, permitiéndole al demandante elegir entre una de estas cortes especializadas o acudir al sistema judicial ordinario. La mayoría de demandantes seguramente preferirá a estos tribunales especializados.
- -El procedimiento que seguirán los tribunales de Propiedad Intelectual será el mismo que habría seguido ese proceso ante el juez ordinario. Es decir, si el proceso era Verbal, así mismo se realizará ante estas entidades. La regla general ante estas cortes será el realizar procedimientos orales, y la sentencia se comunicará por estrados.
- -Las sentencias en estos casos podrán ser apeladas ante el superior jerárquico del juez cuya competencia fue desplazada por la Corte Especializada. E.j.: Si el asunto es competencia de un Juez de Circuito, la apelación será decidida por su superior, el Tribunal Superior. Finalmente, estas decisiones no podrán ser impugnadas ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
Algunas revelaciones de la Dirección Nacional de Derechos de Autor.
El 14 de Noviembre nuestra firma asistió a una reunión con el Director de la Dirección Nacional de Derechos de Autor, el sr. Felipe García. El sr. García nos brindó datos muy valiosos sobre cómo están enfrentando estas instituciones el nuevo reto. La DNDA es bastante entusiasta y optimista sobre sus nuevas funciones jurisdiccionales, y su meta es crear jurisprudencia que sirva como precedente para estas Cortes Especializadas y para la jurisdicción ordinaria.
Fue ligeramente preocupante escuchar que la DNDA espera recibir aprox. 10 casos a la vez, a partir de Enero de 2013, mientras se adaptan a sus nuevas funciones. Dada la falta de información confiable sobre el número de casos de P.I. que se tramitan en el país, es probable que estas instituciones estén subestimando el volumen de casos que recibirán cuando estas cortes comiencen a funcionar. También es muy probable que, dado que la SIC tiene experiencia en el manejo de temas jurisdiccionales*, las otras dos instituciones se valdrán de su apoyo para la implementación.
En B&R Latin America recibimos con agrado estos cabios a la regulación de P.I. nacional, y nos aseguraremos de proveer la mejor representación para nuestros clientes ante estas cortes.
Fuentes:
Ley 1564 de 2012 – Código General del Proceso
*Nota: La Superintendencia de Industria y Comercio ya tenía funciones judiciales en temas de Competencia Desleal y Protección al Consumidor. Ahora, se le extendieron sus funciones judiciales a temas de Propiedad Intelectual.








