Want more?

Copyright


Creative Commons License

The B&R Latin America Blog is licensed under a Creative Commons Attribution-ShareAlike 3.0 Unported License.

Feel free to share this content, edit it or give any use to it. Remember to attribute this work to B&R Latin America IP.



About Us

B&R Latina is an intellectual property legal services company with more than 10 years of experience supporting our international clients in protecting their patents and trademarks in Latin America. We have a strong local network and the latest technology platforms to make it simple, professional and reliable.


For matters related to this blog, please contact us at our research department's e-mail address: comm@brlatina.com

Archive

Trámites más sencillos para el INAPI | Chile

May 29th, 2012 by Danny G. Pérez y Soto - B&R Research

Source: www.prensa.cl

La Oficina de Marcas y Patentes de Chile, INAPI, ha publicado nueva normatividad para procedimientos de Propiedad Intelectual. A partir de mayo 23 los procedimientos de la ley 19.039 sobre P.I. serán complementados para cumplir con el Tratado de Derecho de Marcas (TLT) aprobado por Chile en Agosto 5 del 2011.

 

El nuevo decreto busca simplificar procedimientos, introducir las solicitudes electrónicas y permitir que los poderes sean registrados ante la Oficina de Marcas y Patentes para su uso en varios procedimientos, lo cual no estaba permitido bajo la normatividad anterior.

 

El Tratado de Derecho de Marcas es un tratado procedimental cuyo objetivo es el establecer un estándar para las Oficinas Nacionales de las partes contratantes. Por ejemplo, establece un máximo de requisitos para las solicitudes de registro de marcas, y una obligación para las Partes Contratantes de permitir solicitudes respecto de bienes y servicios que pertenezcan a diferentes clases de la clasificación internacional –registros multiclase-. También permite presentar modificaciones a varios registros con una sola solicitud; y estandariza la duración del periodo inicial del registro y la duración de cada renovación a 10 años.

 

Otras obligaciones del TLT incluyen la posibilidad de que los poderes sean usados para varias solicitudes, registrándolos ante la Oficina de Marcas y Patentes. Además, prohíbe la exigencia de atestación, notarización, autenticación, legalización o certificación de cualquier firma, excepto cuando se esté desistiendo de un derecho.

 

Chile ha cumplido con tales requerimientos aprobando la ley No. 20.569 y decretos regulatorios, aunque algunas exigencias no se han cumplido, tales como la posibilidad de presentar poderes sin legalización para solicitantes extranjeros. Más normatividad es necesaria para que el TLT sea aplicado plenamente en la nación chilena.

 

 

Lea el Decreto completo, dando clíck aquí