Trámites más sencillos para el INAPI | Chile
May 29th, 2012 by Danny G. Pérez y Soto - B&R Research
El nuevo decreto busca simplificar procedimientos, introducir las solicitudes electrónicas y permitir que los poderes sean registrados ante la Oficina de Marcas y Patentes para su uso en varios procedimientos, lo cual no estaba permitido bajo la normatividad anterior.
El Tratado de Derecho de Marcas es un tratado procedimental cuyo objetivo es el establecer un estándar para las Oficinas Nacionales de las partes contratantes. Por ejemplo, establece un máximo de requisitos para las solicitudes de registro de marcas, y una obligación para las Partes Contratantes de permitir solicitudes respecto de bienes y servicios que pertenezcan a diferentes clases de la clasificación internacional –registros multiclase-. También permite presentar modificaciones a varios registros con una sola solicitud; y estandariza la duración del periodo inicial del registro y la duración de cada renovación a 10 años.
Otras obligaciones del TLT incluyen la posibilidad de que los poderes sean usados para varias solicitudes, registrándolos ante la Oficina de Marcas y Patentes. Además, prohíbe la exigencia de atestación, notarización, autenticación, legalización o certificación de cualquier firma, excepto cuando se esté desistiendo de un derecho.
Chile ha cumplido con tales requerimientos aprobando la ley No. 20.569 y decretos regulatorios, aunque algunas exigencias no se han cumplido, tales como la posibilidad de presentar poderes sin legalización para solicitantes extranjeros. Más normatividad es necesaria para que el TLT sea aplicado plenamente en la nación chilena.
Lea el Decreto completo, dando clíck aquí

