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Modificar una marca registrada E-Mail

Si hay un cambio de la información que está registrada debe hacerse un cambio en el Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual (IEPI). Encuentra aquí toda la información que necesitas para este trámite en Ecuador.  Para modificaciones en solicitudes en trámite visita nuestra sección de solicitud de un nuevo registro.

¿Cuáles son las modificaciones que se deben registrar?

¿Cambiar el signo de la marca también es una modificación?

¿Cómo es el trámite de las modificaciones?

¿Cuánto tiempo toma el trámite de una modificación?

¿Cuáles son los requisitos necesarios para iniciar el trámite?

 

 

¿Cuáles son las modificaciones que se deben registrar?

Transferencia: es un acto mediante el cual el titular de un derecho de propiedad industrial cede o traspasa sus derechos a un tercero de tal manera que deja de ser el titular del mismo.

Cambio de nombre de titular: es un acto por medio del cual una persona titular de un derecho de propiedad industrial, modifica total o parcialmente su razón social o la expresión con la cual se identifica en el mercado.

Licencia de uso de signos distintivos: es un contrato mediante el cual el titular autoriza el uso o explotación del signo, por parte de un tercero, de manera temporal y en un ámbito territorial determinado. El titular del derecho conserva su propiedad. 

Cambio de Domicilio del titular: es un acto por medio del cual el titular de un derecho de propiedad industrial, modifica el sitio principal de sus negocios o de su residencia, a otra ciudad.

Cambio de Dirección del titular: es un acto por medio del cual el titular de un derecho de propiedad industrial, modifica la dirección en la que se encuentran sus negocios, manteniendo el domicilio.

¿Cambiar el signo de la marca también es una modificación?

Si quieres cambiar el signo de la marca NO es posiblehacerlo por medio de una modificación.  En este caso se debe presentar una nueva solicitud de registro.

¿Cómo es el trámite de las modificaciones?

El trámite de la modificación inicia con la presentación de la solicitud ante el Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual. El IEPI realiza un estudio de forma de la solicitud y si todo esta correcto realiza el registro de la modificación solicitada. Si en el estudio de forma se encuentra alguna falencia, el IEPI realiza un requerimiento que debe responderse dentro de los dos siguientes meses.

¿Cuánto tiempo toma el trámite de una modificación?

El trámite normal de una modificación puede tomar entre seis meses y un año dependiendo de las eventualidades que pueden presentarse en el mismo. Estas eventualidades son:

Requerimientos de información: Si el IEPI considera que no cuenta con la información correcta o suficiente o falta algún documento en la solicitud, para proceder con el trámite, hará un requerimiento de información, que debe ser contestado en un término de dos meses, so pena de ser declarada abandonada la solicitud. La duración del tramite no se incrementa si el requerimiento es contestado inmediatamente.

¿Cuáles son los requisitos necesarios para iniciar el trámite?

Los documentos mínimos requeridos para que se le dé una fecha de presentación a la solicitud de afectación son:

1.  Identificación completa del peticionario: 

  • nombre o denominación social completa,
  • copia del documento de identidad (si es persona natural)
  • dirección completa,
  • domicilio (ciudad y país)
  • número de teléfono y fax,
  • dirección de correo electrónico.
  • Si el solicitante es una sociedad, se requiere la misma informacióntambién del representante legal
  • En los caso de transferencia o licencia de uso, se require la misma información anterior para el titular actual del derecho de propiedad intelectual y para el tercero  al cual se desea transferir el derecho  o conceder la licencia.

2.  Indicación clara de la modificación que se desea realizar

3.  Indicación de la marca sobre la cuál se efectúa la modificación y el número de certificado correspondiente

4. Indicación si existen otras solicitudes de modificación en trámite

Los siguientes documentos pueden ser presentados dentro de los dos meses posteriores a la solicitud, sin embargo, recomendamos arduamente que sean presentados al momento de la presentación inicial.

5. Si el solicitante es una persona jurídica, un certificado de existencia y representación legal . 

Este es un documento que debe indicar, a) que la empresa existe, b) que está ejerciendo su objeto y c) que la persona que otorga el poder está en la capacidad para hacerlo.  Este certificado puede provenir de una autoridad nacional del país del solicitante, generalmente el registro mercantil.

6. El poder para nuestros abogados.    Para recibir un poder diligenciado por nosotros, por favor haga  click aquí

7. En caso de transferencia, un documento en el que conste dicha transferencia.

8.  Los documentos 5, 6 y 7 deben cumplir con estas formalidades.  

 
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