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Trámite de diseños industriales en Bolivia E-Mail

¿Cómo es el trámite de un diseño industrial en Bolivia?

El trámite de registro inicia con la presentación de la solicitud ante la oficina de marcas y patentes.  Esta realiza un estudio de forma de la solicitud.  Si la solicitud está en orden y completa se ordena la publicación de la solicitud en la Gaceta de la Propiedad Intelectual para que los terceros que crean que el registro afecta sus derechos se puedan oponer.

Una vez haya trascurrido el término para presentar oposiciones, la oficina de marcas y patentes procede a realizar un estudio de fondo en el cuál decide si concede o niega el registro del diseño.  Si no se está de acuerdo con la decisión se deben entonces presentar los recursos de reposición y apelación.

 

¿Cuánto tiempo puede tomar el trámite de un diseño industrial en Bolivia? 

El trámite normal puede tomar entre 8 meses y más de un año. Éste tiempo puede incrementarse dependiendo de las eventualidades que pueden presentarse en el trámite.

 

¿Qué eventos pueden ocurrir durante el trámite?

Requerimiento de información: Si la oficina de propiedad intelectual considera que no cuenta con la información correcta o suficiente o falta algún documento en la solicitud hará un requerimiento de información.  Este debe ser contestado en un término de 30 días, prorrogables por 30 días más.  Si la respuesta no es satisfactoria la solicitud se considera abandonada.

Oposiciones: Si la solicitud está completa, la oficina de propiedad intelectual la hace pública. De esta manera quienes crean que el registro vulneraría alguno de sus derechos puedan oponerse.  Si así es, el tercero presenta una oposición, a la cual el solicitante debe dar respuesta demostrando que dicha oposición no tiene fundamento, y que debe concederse el registro del diseño.  En caso que prospere la oposición puede negarse el registro del diseño industrial.

Recursos en la vía gubernativa: La oficina de propiedad intelectual puede conceder o negar el registro del diseño industrial.  En cualquiera de estos casos, la parte inconforme puede presentar un recurso de reposición o apelación en miras a que la oficina cambie de decisión.  No habrá certeza del registro hasta tanto no se hayan resuelto estos recursos.

 


 
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